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martes, 04 diciembre 2007 |
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Abuso de la publicidad televisiva
La
Ley de Televisión sin Fronteras establece, en entre otros aspectos, que
el tiempo de emisión destinado a espacios publicitarios no sea superior
del 15 por ciento del tiempo transmitido cada día, en definitiva, no
debe superar los doce minutos por hora de emisión. El Ministerio
de Industria ha hecho efectivas un gran volumen de sanciones a varias
cadenas de televisión, y éstas vienen motivadas por el
incumpliendo de algunos de los preceptos contemplados en dicha ley.
Las infracciones detectadas en el presente año se han incrementado casi
la mitad respecto el pasado 2006, se han creado 18 expedientes debido a
la vulneración de esta normativa. Las sanciones a las cadenas han
alcanzado entorno los 4 millones y medio de euros, siendo el año
pasado cerca de los 3,6 millones. Entre otras infracciones
descubiertas, además, se encuentran la emisión de contenidos no
adecuados para el público infantil o adolescente, la publicidad
encubierta y el exceso de interrupciones en un mismo programa.
Cada vez, la aplicación de la normativa es más rigurosa, con el
objetivo de fomentar el desarrollo de ciertas producciones televisivas,
regular la publicidad en todas sus formas, así como el patrocinio
televisivo y, defender los derechos legítimos de los usuarios y, de
forma especial los intereses de los menores, de forma que se garantice
su correcto desarrollo físico, moral y mental.
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