|
martes, 04 diciembre 2007 |
|

Abuso de la publicidad televisiva
La Ley de Televisión sin Fronteras establece, en entre otros aspectos, que el tiempo de emisión destinado a espacios publicitarios no sea superior del 15 por ciento del tiempo transmitido cada día, en definitiva, no debe superar los doce minutos por hora de emisión. El Ministerio de Industria ha hecho efectivas un gran volumen de sanciones a varias cadenas de televisión, y éstas vienen motivadas por el incumpliendo de algunos de los preceptos contemplados en dicha ley.
Las infracciones detectadas en el presente año se han incrementado casi la mitad respecto el pasado 2006, se han creado 18 expedientes debido a la vulneración de esta normativa. Las sanciones a las cadenas han alcanzado entorno los 4 millones y medio de euros, siendo el año pasado cerca de los 3,6 millones. Entre otras infracciones descubiertas, además, se encuentran la emisión de contenidos no adecuados para el público infantil o adolescente, la publicidad encubierta y el exceso de interrupciones en un mismo programa.
Cada vez, la aplicación de la normativa es más rigurosa, con el objetivo de fomentar el desarrollo de ciertas producciones televisivas, regular la publicidad en todas sus formas, así como el patrocinio televisivo y, defender los derechos legítimos de los usuarios y, de forma especial los intereses de los menores, de forma que se garantice su correcto desarrollo físico, moral y mental.
|