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lunes, 05 febrero 2007 |
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Publicidad engañosa de alimentos light 
La polémica que se lleva arrastrando sobre la publicidad engañosa de alimentos llega a su fin con la aplicación de la normativa europea. Todos aquellos productos alimenticios que se anuncien como “light”, con propiedades saludables, que reduzcan el riesgo de enfermedades, o bien que vayan destinadas al público infantil, deberán demostrar científicamente las cualidades que anuncian. El Ministerio de Sanidad, con el apoyo de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, Aesan, llevarán cabo el control de la publicidad alimentaria así como el de las etiquetas de dichos productos. El día 1 de julio de este año, entrará en vigor la normativa aprobada en el Parlamento Europeo, cuya ley obliga a la demostración científica de las cualidades nutricionales anunciadas en los productos alimentarios. Por otro lado, a partir de la misma fecha, no se podrá anunciar ningún mensaje publicitario que incite a la ingesta de alcohol, por lo que no se podrá decir que el vino es bueno para el corazón. Cualquier bebida alcohólica que supere el 1.2 por ciento de graduación entrará en la restricción publicitaria y en el control por parte de Sanidad. Opina sobre esta noticia (0 Opiniones) |